Expertos sostienen que la madre debe ser juzgada y que requiere de un tratamiento mental porque, de lo contrario, incurriría en el delito sexual.
El trastorno de personalidad antisocial que padecería la madre acusada de pornografía infantil y que fue detenida el 30 de julio en Guayaquil, no la hace imputable, es decir no le resta responsabilidad, coinciden el psiquiatra Juan Montenegro y el abogado y criminólogo Julio César Cueva.
En el teléfono celular de la implicada se habría encontrado imágenes y videos con contenido sexual, entre ellas su pareja, quien fue aprehendido en abril pasado, y sus hijos de 11 y 6 años.
El hombre fue capturado luego de que dos vecinas lo captaran abusando sexualmente de su hijastra, en una casa de la vía a la costa.
Para Montenegro existen tres componentes que pudieron haber hecho que la mujer atentara contra la honra de sus hijos: mantener la relación sentimental con su pareja, la obtención de dinero y el consumo de alcohol y otras drogas.
La pornografía infantil está tipificada en el artículo 103 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y establece una pena privativa de libertad de 13 a 16 años.
Sin embargo, el perito en medicina y psiquiatría forense considera que la persona que padece de un trastorno de personalidad o también llamada sociopatía sabe que está traspasando las normas sociales y legales, y lo hace con plena conciencia y voluntad.
“Estas personas pueden ser juzgadas sin atenuantes y los agravantes, en este caso, es fundamental se trata de la mamá, quien está para cuidar a sus hijos, incluso hasta cuando sean adultos. Ella ha hecho a un lado la calidad de ser humano, de madre, porque hasta los animales defienden a su cría y ella no lo hizo. Ella sabía bien lo que hacía”, indica.